Características básicas de la mediación:

VOLUNTARIEDAD

La mediación es voluntaria, es decir, ambas partes en litigio manifiestan su voluntad y deseo de someterse a la mediación y, además, pueden retirarse de la mediación en cualquier fase de la misma sin alegar motivos. Los interesados acuden a la mediación por voluntad propia y bajo su propia responsabilidad, ya que son ellos quienes deciden cómo resolver el conflicto y cómo concluir la mediación.

CONFIDENCIALIDAD

La mediación se desarrolla íntegramente en secreto y todos sus detalles están protegidos por la ley. La confidencialidad vincula al mediador y a todos los participantes en la mediación. Los participantes no podrán divulgar los contenidos que hayan sido objeto de la mediación y, además, tampoco podrán utilizarlos como prueba en ningún procedimiento judicial. Además, el mediador está sujeto al secreto profesional, lo que ofrece a los participantes una garantía adicional de confidencialidad. La discreción de la mediación es todo lo contrario de las vistas judiciales, que en principio están abiertas al público, lo que es relevante en el caso de los secretos comerciales, la reputación profesional, los asuntos personales delicados, etc.

IMPARCIALIDAD

La imparcialidad de la mediación significa que el mediador no debe estar vinculado a ninguna de las partes, y está obligado a revelar inmediatamente a las partes las circunstancias que puedan suscitar dudas sobre su imparcialidad. El mediador tampoco debe favorecer a ninguna de las partes durante el proceso de mediación. Cuando el mediador no se vez capaz de hacerlo de forma imparcial, debería renunciar a llevar a cabo el procedimiento.

NEUTRALIDAD

La neutralidad en la mediación es la actitud del mediador ante el conflicto, lo cual hace que el mediador no trate de imponer soluciones a las partes. La tarea del mediador consiste en orientar a las partes para que acuerden conjuntamente una forma satisfactoria de resolver el conflicto, y ninguna de sus propuestas es vinculante para las partes.

Ventajas de la mediación

La mediación no es solo un procedimiento, sino también una especie de filosofía para abordar la problemática del conflicto. Es una oportunidad para diferenciar las posiciones de las necesidades, para distinguir las interpretaciones de hechos, permite resolver problemas de forma constructiva y establecer relaciones. La mediación no presupone la búsqueda de un culpable, sino que aprovecha el potencial de cada conflicto y lo transforma en soluciones viables y satisfactorias para las partes.

A través de la mediación, las partes en conflicto pueden reducir el tiempo y, en consecuencia, también los costes de resolución de litigios, entre otras cosas, evitando la necesidad de litigar ante un tribunal. En Polonia, presentar una demanda ante los tribunales y la instrucción de la misma suele durar una media de 685 días, incluida la ejecución de los contratos, mientras que en la mediación el caso puede concluirse en un plazo de 7 a 30 días.

Gracias a la mediación, el transcurso del conflicto entre las partes no tiene por qué ser destructivo; puede propiciar el desarrollo de las partes y resultar productivo para las mismas. A través de la mediación, las partes en conflicto aprenden a hablarse de nuevo.

La mediación refuerza el sentido de la responsabilidad por el propio comportamiento y fomenta el diálogo y la actividad.

„El punto central de la mediación es el restablecimiento de la confianza y el respeto mutuos”

[Liv Larson]

La mediación es:

MEDIADOR AMISTOSO

reparo relaciones de modo profesional