El transcurso de la mediación

Preparación para la mediación

Una buena preparación para la mediación es la clave del éxito. Si realmente nos importa el diálogo para llegar a un acuerdo y las relaciones con la otra parte son importantes para nosotros, vale la pena iniciar la mediación. Previamente a la mediación, se debe recabar toda la documentación disponible que pueda ser de ayuda en el caso en cuestión (contratos, facturas, cuentas, correspondencia entre las partes en conflicto).

Definir bien su objetivo

Al iniciar la mediación, se debe definir su objetivo, hay que considerar las fortalezas y debilidades de su situación y luego prestar atención a sus expectativas y necesidades. No se aferre a su propia posición, sino que debe estar abierto a cambiar su situación.

Conclusión

La solicitud de mediación es presentada conjuntamente por las partes, o es presentada por una de las partes, adjuntando una solicitud adicional al mediador para que establezca contacto con la otra parte, con el fin de recibir su consentimiento para la mediación.

Sesiones conjuntas

Durante la mediación, se llevan a cabo sesiones conjuntas con los participantes, durante las cuales se presentan las reglas del procedimiento de mediación y las reglas que regirán las conversaciones; luego se proponen y analizan juntos los escenarios de soluciones posibles y aceptables por las partes.

Encuentros individuales

Durante la mediación, los participantes pueden solicitar reuniones individuales, en las que podrán hablar con el mediador en privado.

Conciliación: un acuerdo celebrado ante un mediador

En caso de llegar a un acuerdo entre las partes, se anota el contenido del acuerdo que el mediador, a petición de las partes, presenta al tribunal y pide su aprobación, y en algunos casos solicita también una cláusula de ejecución.

¿Cómo puede terminar la mediación?

La mediación puede concluir con la firma de un acuerdo elaborado conjuntamente por las partes.

  • El mediador entrega una copia del acta a las partes.
  • El mediador entrega al tribunal el acta y, en su caso, el acuerdo.
  • El acuerdo aprobado por el tribunal tiene la fuerza jurídica de un acuerdo celebrado ante el tribunal y pone fin al procedimiento.
  • El tribunal no aprobará el acuerdo si es contrario a la ley o a los principios de convivencia social o pretende eludir la ley, así como si es incomprensible o contiene contradicciones.
  • Si no se ejecuta un acuerdo ejecutable, la ejecución del acuerdo puede remitirse al agente judicial.
  • En caso de ausencia de un acuerdo, las partes pueden hacer valer sus derechos en un procedimiento judicial.

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